Las sanciones derivan de la falta de información
sobre sus Valores Santander
El banco, que emitió 7.000 millones de euros, ha
recurrido la sanción
Elvira Rodríguez, presidente de la Comisión Nacional
del Mercado de Valores (CNMV) ha dado este lunes un disgusto al Santander. La
Comisión ha publicado en el Boletín Oficial del Estado ...(BOE) dos multas
a la entidad presidida por Emilio Botín por valor de 16,9 millones por cometer
dos infracciones, una grave y otra muy grave que, sumadas, suponen la mayor
sanción del supervisor en toda la crisis. Los hechos hacen referencia a la
emisión de “Valores Santander”, que ha sido la mayor emisión hecha en España,
por valor de 7.000 millones. Con este dinero, captado en septiembre de 2007, el
Santander financió la compra del holandés ABN-Amro, junto con el Royal Bank of
Scotland y Fortis.
Según el BOE, la CNMV ha sancionado con 10 millones al
Santander por no disponer de la información necesaria sobre la idoneidad de sus
clientes cuando suscribieron la emisión de los valores. Es decir, desconocía que
si los compradores de esta emisión, que era obligatoriamente convertible en
acciones, tenían el perfil adecuado para unos productos de estas
características. La CNMV considera este hecho como una infracción
grave.
Además, la CNMV ha impuesto una segunda multa de 6,9 millones al banco
al considerar que cometió una infracción muy grave al no gestionar adecuadamente
los conflictos de intereses entre su beneficio y el perjuicio a los clientes. La
normativa establece que siempre se debe gestionar anteponiendo el interés del
cliente al de la propia entidad. También por incumplir la norma que obliga a las
entidades que prestan servicios de inversión a “mantener, en todo momento,
adecuadamente informados a sus clientes”.
El Santander puede decidir no pagar
y abrir un periodo de canje voluntario”
Ambas sanciones han sido impuesta
mediante una Orden Ministerial de julio de 2012, y ya son firmes en vía
administrativa, por lo que, como en el caso anterior, se publica en el
BOE.
En el folleto de la emisión se ha indicado: “El Santander puede decidir
no pagar y abrir un periodo de canje voluntario”. Según los expertos
consultados, esta cláusula diferencia esta emisión de una de bonos convertibles
en acciones por lo que quedó bajo el régimen de participaciones preferentes.
“Esta emisión, en la escritura pública del mercado Iberclear se acogió al
régimen jurídico de las participaciones preferentes”, según Fernando Zunzunegui,
experto en derecho mercantil. Los valores no eran perpetuos, como las
preferentes, pero tampoco se ajustaban a los de los bonos por esta condición de
poder eludir el pago y por ser obligatoriamente convertibles.
El banco ha
ejecutado la conversión de estos títulos en acciones en 2012, lo que se tradujo
en pérdidas de hasta el 55% —sin contar con los intereses recibidos— para la
mitad de los inversores en los productos.
Fuentes del banco han insistido en
que la resolución de la CNMV “no afecta ni discute la validez y eficacia de las
operaciones y contratos de suscripción” de este producto por sus clientes y
subrayaron que éstas han sido ya confirmadas porque “se han ganado 50 de las 52
causas judiciales en las que ha habido sentencia firme”. Además, han destacado
que la emisión de los Valores Santander fue aprobada por la propia CNMV, “que
consideró que la documentación empleada era adecuada para informar a los
clientes sobre los términos de la emisión”.
El principal atractivo de este
producto era el cobro de intereses del 7,3% nominal anual el primer año y del
euríbor más 2,75 puntos hasta el 4 de octubre de 2012. La caída del mercado por
la crisis financiera mundial provocó que a la hora de la conversión, la acción
del Santander había perdido gran parte de su valor.
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