viernes, 28 de marzo de 2014

MULTA DE 17 MILLONES AL SANTANDER POR VENTA INCORRECTA DE VALORES


Las sanciones derivan de la falta de información sobre sus Valores Santander

El banco, que emitió 7.000 millones de euros, ha recurrido la sanción

Elvira Rodríguez, presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha dado este lunes un disgusto al Santander. La Comisión ha publicado en el Boletín Oficial del Estado ...(BOE) dos multas a la entidad presidida por Emilio Botín por valor de 16,9 millones por cometer dos infracciones, una grave y otra muy grave que, sumadas, suponen la mayor sanción del supervisor en toda la crisis. Los hechos hacen referencia a la emisión de “Valores Santander”, que ha sido la mayor emisión hecha en España, por valor de 7.000 millones. Con este dinero, captado en septiembre de 2007, el Santander financió la compra del holandés ABN-Amro, junto con el Royal Bank of Scotland y Fortis.

Según el BOE, la CNMV ha sancionado con 10 millones al Santander por no disponer de la información necesaria sobre la idoneidad de sus clientes cuando suscribieron la emisión de los valores. Es decir, desconocía que si los compradores de esta emisión, que era obligatoriamente convertible en acciones, tenían el perfil adecuado para unos productos de estas características. La CNMV considera este hecho como una infracción grave.

Además, la CNMV ha impuesto una segunda multa de 6,9 millones al banco al considerar que cometió una infracción muy grave al no gestionar adecuadamente los conflictos de intereses entre su beneficio y el perjuicio a los clientes. La normativa establece que siempre se debe gestionar anteponiendo el interés del cliente al de la propia entidad. También por incumplir la norma que obliga a las entidades que prestan servicios de inversión a “mantener, en todo momento, adecuadamente informados a sus clientes”.

El Santander puede decidir no pagar y abrir un periodo de canje voluntario”

Ambas sanciones han sido impuesta mediante una Orden Ministerial de julio de 2012, y ya son firmes en vía administrativa, por lo que, como en el caso anterior, se publica en el BOE.

En el folleto de la emisión se ha indicado: “El Santander puede decidir no pagar y abrir un periodo de canje voluntario”. Según los expertos consultados, esta cláusula diferencia esta emisión de una de bonos convertibles en acciones por lo que quedó bajo el régimen de participaciones preferentes. “Esta emisión, en la escritura pública del mercado Iberclear se acogió al régimen jurídico de las participaciones preferentes”, según Fernando Zunzunegui, experto en derecho mercantil. Los valores no eran perpetuos, como las preferentes, pero tampoco se ajustaban a los de los bonos por esta condición de poder eludir el pago y por ser obligatoriamente convertibles.

El banco ha ejecutado la conversión de estos títulos en acciones en 2012, lo que se tradujo en pérdidas de hasta el 55% —sin contar con los intereses recibidos— para la mitad de los inversores en los productos.
Fuentes del banco han insistido en que la resolución de la CNMV “no afecta ni discute la validez y eficacia de las operaciones y contratos de suscripción” de este producto por sus clientes y subrayaron que éstas han sido ya confirmadas porque “se han ganado 50 de las 52 causas judiciales en las que ha habido sentencia firme”. Además, han destacado que la emisión de los Valores Santander fue aprobada por la propia CNMV, “que consideró que la documentación empleada era adecuada para informar a los clientes sobre los términos de la emisión”.

El principal atractivo de este producto era el cobro de intereses del 7,3% nominal anual el primer año y del euríbor más 2,75 puntos hasta el 4 de octubre de 2012. La caída del mercado por la crisis financiera mundial provocó que a la hora de la conversión, la acción del Santander había perdido gran parte de su valor.

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